Introducción
A partir de los problemas ambientales que se intensificaron por todo el mundo durante el siglo pasado, la comunidad mundial comenzó a tomar acciones al respecto, y desde 1970 se han firmando una serie de tratados y acuerdos regionales e internacionales cuyo objetivo es proteger a la biodiversidad, mitigar los impactos sobre el ambiente y mejorar la calidad del mismo. Puedes ver un resumen de los principales acuerdos en la siguiente tabla.


A pesar de la gran cantidad de acuerdos y tratados internacionales que se encuentran en vigor actualmente, su aplicación práctica y efectiva sigue siendo un verdadero desafío. Un ejemplo es el Protocolo de Kyoto, donde venció el plazo para alcanzar la primera meta propuesta y el resultado fue que varios de los países que habían ratificado su compromiso simplemente se retiraron sin cumplir su meta y dejando al Protocolo en peligro de desaparecer. Las discusiones se centran en argumentar que una economía sustentable frenará el desarrollo de un país. Los países subdesarrollados, como China, argumentan que los principales emisores de GEI son los países desarrollados y que ahora se quiere frenar el crecimiento económico de ese país bajo el pretexto de obligarlo a cumplir con los acuerdos ambientales que impone Kyoto, por ello no ha ratificado y no lo hizo incluso durante la reunión de la COP 20, celebrada en Lima, Perú, en diciembre de 2014. Parece ser que el camino hacia la sustentabilidad mundial está aún muy lejos.

Legislación ambiental en México
Las bases de la legislación ambiental en México se encuentran en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 4º establece que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar”.
La primera ley ambiental mexicana fue la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación Ambiental, publicada en 1971. En enero de 1982 se publicó la Ley Federal de Protección al Ambiente y cinco años después (en 1988) se publicó la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Sin embargo, aún no existía una secretaría creada ex profeso para vigilar el cumplimiento de dicha legislación.
Es hasta 1994 que se crea la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP), encargada de vigilar y manejar los recursos naturales, la biodiversidad, los residuos peligrosos y los problemas ambientales generados por la industria para mitigar el deterioro ambiental y promover el desarrollo económico y social de forma sustentable. Para ello se planteó una serie de áreas prioritarias de acción a nivel nacional, entre las cuales se incluían:
- Protección de áreas naturales
- Regulación de la vida silvestre
- Ordenamiento ecológico del territorio
- Evaluación del impacto ambiental
- Normas Oficiales Mexicanas sobre la materia
- Regulación de materiales y residuos peligrosos
- Regulación de actividades industriales
- Instrumentos económicos
- Información ambiental, educación e investigación
- Convenios, acuerdos y participación
Como se describe en la sección de antecedentes de la página oficial de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en el año 2000 un cambio en la Ley de la administración Pública Federal permite su origen. El nuevo diseño institucional, y la nueva estructura, impulsarían una política de estado de protección ambiental que diera respuesta a la expectativa nacional para proteger los recursos naturales, y lograr incidir en las causas de la contaminación y de la pérdida de ecosistemas y de biodiversidad. Como consecuencia directa el subsector pesca se transfirió a la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).
Por lo anterior, la competencia en materia ambiental es de carácter federal, ya que la mayoría de las atribuciones y facultades corresponden a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), apoyada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la Comisión Nacional del Agua (CNA), el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.
Las principales leyes en materia de recursos, ambiente y salud humana son:
- Ley de Aguas Nacionales: Regula la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable.
- Ley Federal de Derechos en Materia de Agua: Regula el pago por el uso o aprovechamiento del agua, como uno de los bienes del dominio público de la Nación.
- Ley General de Salud: Reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona y establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud.
- Ley Federal sobre Metrología y Normalización: Encargada de fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboración y observancia de normas oficiales mexicanas y normas mexicanas, así como instituir el Sistema Nacional de Calibración, entre otros.
- Ley Federal de Sanidad Animal: Fija las bases para: el diagnóstico, prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas que afectan a los animales; procura el bienestar animal, regula las buenas prácticas pecuarias aplicables en la producción primaria, en los establecimientos dedicados al procesamiento de bienes de origen animal para consumo humano, tales como rastros y unidades de sacrificio.
- Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA): Regula la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. De todas las anteriores, la LGEEPA es la principal ley ambiental, ya que regula la biodiversidad, la protección al ambiente, la exploración y explotación de recursos no renovables, así como la participación social e información ambiental a través de una serie de instrumentos diversos.

Habrás podido observar que la LGEEPA establece diversos instrumentos de política ambiental para regular los impactos de las actividades humanas sobre el ambiente. Uno de esos instrumentos son las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), que son regulaciones técnicas que expiden diversas secretarías como la SEMARNAT, Secretaría de Salud, de Comunicaciones y Transportes, entre otras, en las cuales cada una establece las reglas o especificaciones aplicables al proceso, producto u actividad que pretenden regular.
La SEMARNAT cuenta con NOM en materia de:
- Aguas residuales
- Emisiones de fuentes fijas y móviles
- Residuos peligrosos
- Residuos sólidos urbanos y de manejo especial
- Protección de flora y fauna
- Suelos
- Contaminación por ruido
- Impacto ambiental
- Pesca (en peligro de extinción)
- Lodos y biosólidos
Características de la legislación ambiental
En un mundo cada vez más globalizado, el estudio de las leyes, como lo acabamos de ver, presenta la posibilidad de comparar contra lo que se regula en otras naciones, para buscar adaptar en lo posible la normatividad siguiendo los mejores ejemplos. Una vez analizado el caso mexicano, hagamos un comparativo con la legislación de uno de los países más avanzados del mundo en esta materia.
Comparativo entre México y otros países del mundo. El caso de Dinamarca
Dinamarca es un país ejemplar en materia ambiental. Durante su historia reciente ha apostado seriamente por la energía eólica. En el ahorro energético han desarrollado la arquitectura climática, donde intentan aprovechar la luz natural al máximo: sus construcciones poseen grandes ventanas sin cortinas, invernaderos adosados a las casas, materiales oscuros en el exterior y claros en el interior.
Muchas de las casas usan calefacción proveniente de las incineradoras, otras tienen caldera central, y en las zonas rurales se utiliza la biomasa como fuente de energía. Son comunes los techos de “paja”, ya que son excelentes aislantes tanto en invierno como en verano.
Los vehículos y la gasolina están gravados con altos impuestos, por lo que la gente no suele utilizarlos mucho. La red de transporte público es eficiente y se privilegia el uso masivo de la bicicleta, lo cual reduce el tráfico y la contaminación en las ciudades.
Dinamarca podría dejar de ser ese país tan natural y atractivo desde el punto de vista de la naturaleza, ya que el cambio climático podría llegar antes de lo previsto a tierras danesas. Desde hace un tiempo en Dinamarca se está comprobando que el clima está cada vez peor y más inestable, por lo que se están tomando medidas para evitar males mayores. Es un problema grave que afecta a todos.
Lo que se va a intentar frenar son las emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera. Así, prevén reducir en un 50 % las emisiones de gases contaminantes para el año 2050.
Dinamarca es uno de los países precursores en cuanto a los temas climáticos y medioambientales. Firmó el Protocolo de Kyoto y se comprometió a reducir, para el periodo 2008-2012, el total de sus emisiones de GEI, en por lo menos 21% con respecto a las emisiones de 1990. De esta manera, comenzó a impulsar el desarrollo de energías alternativas a partir de la creación de parques eólicos, como el RΦdsand I, que cuenta con 72 aerogeneradores y una potencia instalada de 160 megavatios. Abrió un parque eólico marino, el RΦdsand II, sobre el mar Báltico, donde cuenta con 90 aerogeneradores con una potencia de 200 megavatios que abastece a 200 mil hogares, y con los cuales evitan la emisión de 700 mil ton de CO /año. Así, Dinamarca planea tener un 75% de energía eléctrica proveniente de los vientos para el año 2025.
Fuente: Secretaría de Educación Pública. (2016). Ecología y medio ambiente. Ciudad de México.